La norma creó el Instituto Nacional de la Música que permitirá, por primera vez en la historia, que los artistas argentinos cuenten con un órgano específico de fomento de su actividad para que puedan difundir sus obras
En diciembre del pasado año se
sancionó la Ley Nacional N° 26.801, conocida como la Ley de la Música, que
tiene por finalidad fomentar la actividad de los músicos argentinos en
distintos ámbitos.
La norma crea el Instituto
Nacional de la Música (INAMU) en la órbita de la Secretaría de Cultura de la
Nación. Dicho órgano será el encargado de aplicar la ley y que buscará el
fomento, apoyo, preservación y difusión de la actividad musical en general y la
nacional en particular (Art. 6).
En cuanto a su naturaleza, el
Instituto es un ente público no estatal que se regirá por un estatuto y un reglamento
que su directorio elabore.
El INAMU tiene amplias funciones,
todas ellas tendientes a la promoción, como ser: impulsar actividades musicales en todo el
territorio nacional, proteger la música en vivo coordinando y fomentando la
realización de espectáculos públicos en todo tipo de espacios, en particular
los más pequeños y desventajados, dar a conocer a los artistas nacionales los
alcances de las normas de propiedad intelectual y de las instituciones de
gestión colectiva que defienden los intereses de los músicos y contribuir al
perfeccionamiento de los artistas en todas sus expresiones, así como impulsar
la enseñanza de la música.
El instituto se financia, en
parte, con el porcentual asignado por la Ley de Servicios de ComunicaciónAudiovisual (Art. 97 inc. g). El dinero equivale al 2% que recaude la
Administración Federal de Ingresos públicos en concepto de gravámenes que los
titulares de servicios de comunicación audiovisual deben tributar en proporción
a la facturación bruta procedente de publicidad, señales, contenido, abonos y
otros conceptos derivados de estos servicios.
Asimismo, se prevé la
conformación de una Asamblea Federal, integrada por el Presidente del INAMU y
un representante gubernamental del ámbito de la cultura por cada provincia y
por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La asamblea tendrá a cargo
aprobar el estatuto y reglamento del INAMU, así como el plan anual de acción y el
presupuesto del instituto.
También se prevé la conformación
de un Comité Representativo integrado por 17 miembros que deberán ser
personalidades destacadas del ámbito de la música, asegurando una distribución
federal de los mismos, dado que también, se crean 5 regiones culturales y se
impone que deberá integrar el comité un miembro por cada región y los 12
restantes deberán ser de entidades representantes de la música nacional.
El comité tiene importantes
funciones de asesoramiento tanto al instituto como a la asamblea y también
resultará evaluador de convocatorias de subsidios nacionales realizadas por el
directorio.
La norma divide al país en cinco
regiones culturales (Centro, Nuevo Cuyo, NEA, NOA y Patagónica) y prevé la creación,
en cada una de ellas, de una Sede Regional que estará dividida en cuatro áreas:
Centro de Producción Musical; Centro Cultural y Social; Centro de Subsidios y Créditos; Centro de Formación Integral del Músico.
Cada una de ellas, tendrá un rol
determinado, la primera será la creación musical, el centro cultural y social
buscará difundir la música en los sectores más postergados de nuestro país, el
centro de créditos buscará apoyar a los artistas en sus emprendimientos y la
última tendrá una función eminentemente educativa.
En otro orden, se crea un
Registro Único de Músicos Nacionales y Agrupaciones Musicales Nacionales. Allí
deberán inscribirse los artistas y se les otorgará la credencial de Músico
Nacional Registrado y la misma será obligatoria para obtener los beneficios de
la ley.
Asimismo, una de las principales
innovaciones que contiene la ley es el artículo 31. Allí se fija que de realizarse un recital de un músico o
banda extranjera en el país, se debe contratar a un músico o banda nacional que
se encuentre registrada en el INAMU y contará con un espacio no menor a treinta
minutos para tocar, además, dicho espacio deberá darse con una antelación no
mayor a una hora del comienzo de la banda principal.
El productor del evento será
quien elija al músico o conjunto nacional de la lista de registrados en el
INAMU y deberá afrontar el costo del mismo por medio de un contrato que entre
ellos estimarán.
El proyecto que se transformó en
ley tiene un origen auténtico dado que fue elaborado por distintas agrupaciones
de músicos independientes, como la Unión de Músicos Independientes, la
Federación Argentina de Músicos, y Músicos Autoconvocados, que lo trabajaron
alrededor de todo el país durante varios años, puntualizando las problemáticas
diarias de los músicos para concretar y dar a conocer sus proyectos.
Con esta ley se concreta una
histórica reivindicación de los músicos independientes y el Estado asume su rol
necesario en la difusión de la cultura nacional. Quedará esperar los detalles que surjan de la
reglamentación correspondiente que dicte el Poder Ejecutivo Nacional.
Principales puntos
de la Ley de la Música
- Creación del Instituto Nacional de la Música
(INAMU)
- Actuación necesaria de músico nacional cuando se
presente un músico extranjero en vivo
- Conformación de una Asamblea Federal y del Comité Representativo
- Creación de cinco regiones culturales y una sede
regional en cada una de ellas
- Registro Único de Músicos Nacionales y
Agrupaciones Musicales Nacionales
José Ignacio López.-
Hola, sabes si hay alguna novedad con esto? Ya se reglamento? Saludos
ResponderEliminarHola, la ley está vigente, aún no tiene reglamentación y tengo entendido que tampoco se ha puesto en marcha el Instituto Nacional de la Música pero se espera que en poco tiempo esté plenamente operativo
ResponderEliminarGracias por seguir el blog. Abrazo.
ResponderEliminarNacho, cómo va? yo quería preguntarte lo mismo que Santo Domingo, aunque casi un año después je, sabés en qué estado está el tema de la reglamentación? Saludos!
ResponderEliminarHola Milagros! ¿Cómo estás? La ley está en plena vigencia pero seguimos a la espera de la reglamentación por parte del Poder Ejecutivo Nacional.
ResponderEliminarUn saludo grande.