miércoles, 25 de julio de 2018

Cambios en las Fuerzas Armadas: jaque al consenso democrático

Por Matías Poltorak
Invitado especial en Palabras del Derecho


El decreto reglamentario de la ley de Defensa Nacional publicado en el boletín oficial rompe con el pacto fundacional de la democracia reinstaurada en 1983. Luego de la dictadura cívico militar donde se cometieron los peores crímenes contra la humanidad como el plan sistemático de secuestros, torturas, violaciones, asesinatos y desapariciones, y el robo de bebés, hubo un acuerdo entre las principales fuerzas políticas del país de separar claramente la defensa nacional de la seguridad interior para evitar que pudieran repetirse hechos de aquella naturaleza. 

De manera unilateral, la administración de Mauricio Macri impulsa, a través de la modificación del decreto Nº 727/2006, la ruptura del consenso democrático que estuvo vigente durante décadas y que se robusteció con el correr de los gobiernos, porque las leyes y reglamentaciones que dotaron de virtualidad a esta filosofía se fueron dictando a lo largo de diferentes ejecutivos de turno con distintas composiciones parlamentarias. 

Desde una mirada jurídica, el decreto 683/2018 firmado por Mauricio Macri, Marcos Peña y Oscar Aguad es contrario a la constitución. La ley Nº 23.544 de Defensa Nacional promulgada en 1988 fue sancionada bajo el paradigma de limitar el rol de las Fuerzas Armadas a la defensa de agresiones externas y para excluirlas de cualquier intervención en el orden interno. Al eliminar, en esta nueva reglamentación, la prohibición expresa de que las FFAA participen en “actividades relativas a la producción de inteligencia, hipótesis, supuestos y/o situaciones pertenecientes al ámbito de la seguridad interior” y al permitirles intervenir en las fronteras, aguas jurisdiccionales y objetivos estratégicos cuando ello sólo era rol privativo de la Gendarmería y la Prefectura, se está violando el espíritu de la norma en contradicción con el artículo 99 inciso 2 de la Constitución Nacional.     

Asimismo, aunque el nuevo decreto en el plano formal sólo modifica un decreto reglamentario (y elimina una resolución administrativa), en su contenido mencionado en el párrafo anterior va mucho más allá alterando el espíritu de la norma que reglamenta, y modificando también lo dispuesto en las leyes Nº 24.059 de Seguridad Interior y Nº 25.520 de Inteligencia Nacional. También cabe resaltar que según la Constitución Nacional es facultad del Congreso “proveer a la seguridad de las fronteras” y “fijar las Fuerzas Armadas en tiempos de paz”. De modo que realizar estos cambios por decreto es abiertamente inconstitucional, sin mencionar que una modificación de esta envergadura amerita un debate parlamentario por respeto a las instituciones y los cimientos republicanos de la Nación. 

Sin perjuicio de lo anterior, no se puede evitar soslayar los riesgos que implica esta reforma al margen del plano estrictamente jurídico. El modus operandi de los gobiernos totalitarios fue apelar a la construcción de un enemigo externo a los intereses nacionales para legitimar una represión y ataque sin respeto a los derechos más elementales de las personas. En busca de un andamiaje institucional que intentara impedir que algo así pudiera repetirse, el decreto Nº 727/2006 dispuso que las FFAA sólo podían actuar ante “agresiones de origen externo perpetradas por fuerzas armadas pertenecientes a otro/s Estado/s”. El nuevo decreto sólo habla de “agresiones externas” quitando el requisito de que deba ser otro Estado, habilitando así la posibilidad de que se vuelva a legitimar un vejamen a los derechos de la población civil en virtud de una supuesta agresión externa. Se elimina la separación entre la defensa nacional y la seguridad interior en una alineación con los intereses geopolíticos de los Estados Unidos, y se genera un marco tendiente a una mayor represión de la conflictividad social y el uso de la inteligencia militar para hacer espionaje interno. 

Por otro lado, el nuevo decreto deroga el decreto Nº 1691/2006 que consistía en una serie de directivas para la organización de las FFAA y su formación en un marco de clara separación entre defensa nacional y seguridad interior. Eliminar los roles, funciones y directivas que se disponían en ese decreto faculta a cambiar sustancialmente la formación y la función de las fuerzas de la defensa nacional, pudiendo entrenarlas para objetivos internos que por lo general perjudican a la sociedad civil, y dejarlas sin herramientas para la que era su misión principal: la defensa nacional. 

Por último, deben señalarse una serie de consideraciones. Las distintas formas del terrorismo internacional suelen tener detrás financiamiento estatal, de modo que no parecía necesaria tal modificación. Igualmente, si se observan las modalidades terroristas desde al atentado a las Torres Gemelas en adelante, no se utiliza equipamiento militar. De manera tal que más que las Fuerzas Armadas, para repeler un eventual ataque de esas características basta con las fuerzas federales y la Agencia Federal de Inteligencia. En cuanto al narcotráfico, las Fuerzas Armadas no están preparadas para afrontar esa tarea y no resulta eficiente desnaturalizar su función. Es la Gendarmería la que debe intervenir y si existiera información de que hay una situación crítica en alguna frontera, es cuestión de fortalecer los recursos humanos y materiales en esa zona crítica sin modificar la legislación. Tampoco puede dejar de advertirse que países que han llevado adelante iniciativas como las que aquí se proponen han tenido resultados calamitosos, siendo el mayor exponente México donde desde que se habilitó a las Fuerzas Armadas a intervenir en cuestiones vinculadas al narcotráfico, ha habido más de 230.000 homicidios, desapariciones de personas, se ha corrompido a la institución militar, y el aumento exponencial de la violencia no significó una reducción de la actividad delictiva vinculada a las drogas.   

Una democracia se robustece con políticas de estado fruto del consenso. La política en torno a limitar el rol de las FFAA y excluirlas de intervenciones internas ha sido un valioso aporte a la paz, armonía y respeto a los derechos elementales. Barrer este pacto fundacional de forma unilateral sin un debate parlamentario con motivaciones poco convincentes y de nula comprobación fáctica implica un retroceso preocupante de la calidad democrática y la solidez institucional del país. 

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