Las definiciones a las
que tanto acostumbramos los abogados nos indican que los contratos que se
celebren entre sujetos estatales, son denominados interadministrativos. (Procuración General del Tesoro, Dictámenes 234:625) Así, la
suscripción de un compromiso entre dos Estados, como son la nación y la ciudad, dentro
del orden previsto por la Constitución Nacional configura dentro de esta categoría jurídica.
Este tópico propio del
derecho administrativo cobró singular relevancia pública en torno al traspaso
de los subterráneos de la órbita federal hacia la del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Los hechos se
sucedieron del siguiente modo: a principios de enero, las dos esferas de
gobierno, suscribieron un acta-acuerdo para la
transferencia de dicho servicio público que había sido exigida por el jefe de gobierno. Concretada la operación, Mauricio Macri subió la tarifa. Días más
tarde, aconteció la tragedia del tren en Once con las consecuencias que todos
conocemos y tras ese evento, el gobierno porteño anunció en conferencia de
prensa que no iba a tomar el control de los subtes porque existían falencias en
materia de seguridad.
Ante tal panorama, se
plantearon cuestiones jurídicas dado que desde la gestión de Mauricio Macri se
suscribió el acta de traspaso, se comenzó con la ejecución y, como si esto fuera poco, se ejerció la potestad
tarifaria del servicio de subterráneos cuando aumentó el boleto días atrás.
Así las cosas, ambos gobiernos
iniciaron la batalla judicial, la Casa Rosada presentó una demanda suscripta por la Procuradora
del Tesoro de la Nación, Angelina Abbona,
ante el Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo. A su turno, el gobierno porteño solicitó una
cautelar, en el mismo fuero, requiriendo
al gobierno federal “se abstenga de ejecutar cualquier acto y/o medida
que signifique la continuidad del proceso de transferencia de los subterráneos
de Buenos Aires, hasta tanto no se cumpla con las obligaciones asumidas por el
Estado Nacional”
La controversia se
instaló en el campo del derecho y algunos juristas hicieron oír su voz. De esta
forma, personalidades que en nada se puede tildar de “oficialistas”, por
ejemplo, Daniel Sabsay sostuvo que el acta acuerdo no deja dudas. Macri
ratifica la decisión de aceptar la transferencia de la red. No firmó un plazo
para negociar. Está claro que acepta el traspaso, sostuvo el constitucionalista
al Diario El Cronista. Desde el otro rincón, el doctor Alberto García Lema
estimó que se trata de un pre acuerdo que no fue formalizado y, por lo tanto,
no implica obligación legal para la ciudad.
De esta forma, cuando
todo indicaba que la decisión iba a quedar en las arenas de los
tribunales, el gobierno nacional dio una
sorpresa: decidió llevar la disputa al ámbito parlamentario y que una ley zanje
la cuestión.
Esta afortunada iniciativa permitirá que los representantes del pueblo sean quienes cierren esta cuestión demostrando que los contratos se firman para ser cumplidos y, además, enseñen que quien se postula y es electo en un cargo público debe asumir las problemáticas de su jurisdicción y bregar por hacerle la vida un poco mejor a sus ciudadanos.
Esta afortunada iniciativa permitirá que los representantes del pueblo sean quienes cierren esta cuestión demostrando que los contratos se firman para ser cumplidos y, además, enseñen que quien se postula y es electo en un cargo público debe asumir las problemáticas de su jurisdicción y bregar por hacerle la vida un poco mejor a sus ciudadanos.
¿Qué dice el contrato firmado?
El artículo primero del acuerdo sostiene: La Ciudad ratifica en este
acto la decisión de aceptar la transferencia de la Concesión de la Red de
Subterráneos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el segundo, se aclara
que la Ciudad asume a partir de la firma del presente el control y
fiscalización del contrato de concesión en su totalidad, como así también, el
íntegro ejercicio de la potestad de fijar las tarifas del servicio, incluyendo
la facultad de establecerlas por decisión unilateral. Y en el tercero se fija
la obligación de la Nación de pagar la suma de 360 millones de pesos por un
año, contados a partir de la firma del convenio y abonado en 12 cuotas
mensuales.
José Ignacio López.-
Muy bueno el blog, bien bajados los conocimientos en derecho, claro el marco político-ideológico desde el que te posicionás y buena la apoyatura en documentos y textos legales para avalar las posturas. Je, lo tomo como blog jurídico de cabecera! un saludo
ResponderEliminarMuchas gracias compañero, palabras tan generosas dan energía para seguir escribiendo. Fuerte Abrazo.-
EliminarHola Ignacio! viste que salió una publicidad del gobierno nacional sobre el traspaso del subte?, bueno la misma publicidad la tomaron los del gobierno de la ciudad y negaron determinados puntos y los justificaron. Obvio que no da para creer nada solamente por lógica, pero vos que sos profesional en derecho, me gustaría que lo pudieras refutar técnicamente, te paso el link en desgracia https://www.youtube.com/watch?v=TTa-b9gM-XI&feature=player_embedded
ResponderEliminarSaludos Gabina!