domingo, 8 de abril de 2012

Apuntes sobre el Código Civil Argentino

El proyecto de reforma que busca modificar el cuerpo normativo central en la vida civil de los argentinos nos llevan a hacer un breve repaso por su historia.


El Código Civil, instrumento esencial del derecho argentino, pieza legal que todos los días vemos aplicarse en asunto tales como familia, contratos, problemas de vecindad, entre muchos otros fue sancionado en 1869 durante la presidencia de Domingo Faustino Sarmiento y, por expresa mención de la ley, entró en vigor dos años después
.
Su aprobación era una necesidad tanto en el orden jurídico como en el político. Con ella se buscó  dar unidad y coherencia de la legislación civil en nuestro país, hasta ese entonces ausente en un difuso escenario con pocas normas vigentes en la materia. Así, la unidad y la coherencia traerían consigo beneficios jurídicos; por un lado, facilitarían el conocimiento del derecho tanto a los habitantes y simplificarían su aplicación por parte de los jueces. Por el lado político, afianzarían la independencia política, a través de la independencia legislativa y contribuirían a la unidad nacional al generar un cuerpo normativo de alcance en todo el territorio federal.

Ideológicamente liberal con fuerte basamento en el derecho francés, su aprobación representó un gran avance institucional y durante muchos años se mantuvo inalterable pero en un instrumento que regula el devenir de la sociedad, los grandes  cambios a nivel social, político y económico que experimentó la misma generaron la necesidad de impulsar su reforma. Así se dieron algunas de ellas, siendo, por su extensión en el articulado la más importante la que aconteció en el año 1968 mediante la famosa Ley 17.711.
Con atención en la fechas, destacamos que el cambio se dio un siglo después y eso es pauta de la rigidez de las leyes civiles dentro de nuestra vida institucional pese a los enormes cambios en la vida en sociedad que las tornan vetustas 

En esa línea, hay que destacar la enorme importancia del anteproyecto de reforma integral de Código Civil presentando día atrás. La iniciativa se hizo cargo que la norma vigente no satisface las necesidades actuales de los ciudadanos nacionales, por tanto, se torna imperiosa la adecuación entre hechos y leyes.  De esta forma, una comisión de juristas expertos en la materia, elaboraron el documento que fue entregado a la presidenta de la nación, Cristina Fernández de Kirchner para que en cumplimiento de las facultades que le otorga la Constitución Nacional (Art. 77) sea el Poder Ejecutivo quién, dentro de los treinta días, lo eleve al parlamento .

Será allí cuando la responsabilidad pase a manos de los representantes del pueblo y las provincias quienes deberán discutir la iniciativa para arribar a los consensos necesarios que permitan transformarlo en ley, logrando, en consecuencia, consagrar un nuevo ordenamiento en materia civil y comercial



Tips del proyecto de Código Civil
Se contempla un cuerpo de 2671 artículos que unifica la legislación civil y comercial de nuestro país. Además tendrá previsiones sobre temas tales como: contratos prenupciales, uniones convivenciales (concubinatos), maternidad subrogada, divorcio,  derechos del consumidor, propiedad indígena, derecho a la imagen, entre muchos otros.
Para aquellos que quieran interiorizarse aún más de la iniciativa desde aquí pueden consultar:
- El Anteproyecto de reforma de Código Civil y;
-Los fundamentos del Anteproyecto de Código Civil.



Nota: en un próximo artículo analizaremos con mayor detenimiento las reformas que se proponen.
José Ignacio López.-

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