Este 3 de junio en la República Argentina un gran colectivo social, cultural y político marcha en diferentes puntos del país contra los femicidios y la violencia de género. La ocasión es pertinente para hacer un repaso de algunas de las normas que, en los últimos años, se han sancionado referidas a la materia. Para ello, nos valemos entre otras cosas, de un artículo de Infojus Noticias.
Programa Nacional "Las víctimas contra las violencias"
El Ministerio de Justicia de Nación y Derechos Humanos en 2006, por medio de la Resolución 314/2006, creó el programa "Las víctimas contra las violencias" que funciona bajo su órbita. En este organismo funciona la línea 137 para denunciar distintos tipos de violencias. El equipo de operadores especializados atiende las 24 horas todos los días del año. Asesoran de manera telefónica e intervienen en el territorio en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
Ley Nacional de Prevención y Sanción de la Trata de Personas
En 2008 se sancionó de la ley 26.364 que tipificó el delito de trata de personas. Hasta abril de este año, según datos oficiales, el Estado Nacional rescató 8325 personas. El 51% de ellas fueron víctimas de explotación sexual, según las estadísticas del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Casi la totalidad de estas víctimas fueron mujeres.
El Ministerio habilitó en el año 2012 la línea gratuita 145 para recibir denuncias desde cualquier punto del territorio nacional las 24 horas del día.
Ese mismo año el Congreso discutió modificaciones a la norma vigente y, mediante la ley 26.842, incorporó dos grandes avances: no acepta que el “consentimiento” de la víctima mayor de 18 años y exige que en todos los casos que las penas sean de cumplimiento efectivo. Además creó el Consejo Federal contra la Trata de Personas
Ley Nacional de Protección Integral de las Mujeres
En 2009 el poder legislativo aprobó la ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. La norma puso en palabras las distintas violencias contra las mujeres (doméstica, institucional, laboral, libertad reproductiva, obstétrica, mediática). El Consejo Nacional de la Mujer es el organismo rector encargado del diseño de las políticas públicas para efectivizar las disposiciones de la presente ley. A través del CNM funciona la línea 144 que todos los días y en toda hora brinda contención, información y asesoramiento en violencia de género.
La previsión contenida en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
La ley 26.522, sancionada en octubre de 2009, instó a los medios en el artículo 3 inciso "m" a promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual.
El Decreto de prohibición de los avisos de oferta sexual en medios gráficos
La Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, en 2011 dictó el decreto 936 que promovió la erradicación de la difusión de mensajes e imágenes que estimulen o fomenten la explotación sexual. Puso fin al famoso rubro 59. Tras la sanción el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Nación creó la Oficina de Monitoreo que revisa que los medios de comunicación no publiquen avisos que promuevan la oferta sexual o que soliciten personas para ejercer ese comercio. La Oficina de Monitoreo también recibe denuncias vinculadas a la publicación de ese tipo de avisos y tiene la responsabilidad de imponer sanciones por incumplimientos a lo establecido en la norma.
A consecuencia de la aplicación de esta norma, el promedio diario de publicaciones irregulares descendió notablemente y actualmente la mayoría de los medios gráficos no contiene avisos de esta naturaleza.
Sobre esta norma, cabe destacar, existe un recurso en la Corte Suprema de Justicia de la Nación de un medio gráfico que solicita su inconstitucionalidad. Hace aproximadamente un año y medio, la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó en favor de la norma. Ahora es el turno de que falle el Máximo Tribunal.
El femicidio en el Código Penal
A fines del 2012 se sancionó la Ley Nacional N° 26.791 que agravó la pena del homicidio de una mujer, cuando sea perpetrado por un hombre y esté motivado por su condición de género. Se incorporó, de esta forma, al articulo 80 del Código Penal, el Inciso 11, que prevé esta agravante que lleva a la pena de reclusión perpetua o prisión perpetua
Articulo recomendado
También es buena la ocasión para leer algunos artículos que se escribieron. Al menos uno que aquí destaco es el de Gustavo Arballo donde hace su adhesión comentada a la marcha y repasa algunas cuestiones que hacen a la temática de género en el sistema de administración de justicia.
Material útil
Una guía de recursos para las víctimas de violencia de género en todo el país, elaborado por la Organización Mujeres en Igualdad.
A modo de cierre
Finalmente, en cuanto a la convocatoria #NiUnaMenos, desde el blog expresamos nuestra enérgica adhesión a la movilización contra los femicidios, la violencia de género, la lucha en pos de una sociedad con igualdad de oportunidades y sin discriminaciones.
José Ignacio López
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