sábado, 29 de marzo de 2014

La CIDH presentó su Informe sobre el Uso de la Prisión Preventiva en las Américas

Por Román De Antoni (*)
Invitado Especial en Palabras del Derecho


En el salón Ruben Darío de la sede de la Organización de los Estados Americanos ubicado la Ciudad de Washington D.C., Estados Unidos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó su informe sobre el uso de la prisión preventiva en las Américas. Dicho evento contó con la presencia de importantes funcionarios y operadores de justicia del continente, entre ellos, la Defensora General de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez. Asimismo participó del discurso el Embajador de España ante la OEA- en su carácter de Observador Permanente- y representantes de organizaciones civiles.

En su exposición, el comisionado estadounidense James Cavallaro –Relator de las Personas Privadas de la Libertad -, remarcó que “el uso de este instituto constituye uno de los problemas con características más particulares que debe afrontar la región y el mundo. Es una medida excepcional que se ha convertido en regla corriente. Lo que buscamos con este informe es promover el diálogo en las Américas a los efectos de identificar estándares comunes para afrontar este grave problema”.

Los desafíos de la CIDH a partir del informe

Cavallaro continuó su discurso destacando que “el respeto por los derechos humanos de las personas privadas de la libertas constituye unos de grandes desafíos de la OEA. Para ello se requiere el diseño e implementación de políticas públicas a mediano y largo plazo, así como la adopción de medidas inmediatas, necesarias para hacer frente a situaciones actuales y urgentes que afectan gravemente derechos humanos fundamentales de la población reclusa”.

Asimismo, destacó que la idea de que la mayor aplicación del uso de la prisión preventiva sea una solución al problema del delito constituye una “falacia” de realidad empírica. “Este es un problema serio –agregó- ya que esta falsa suposición es utilizada en el hemisferio para formar base de políticas públicas violatorias de derechos humanos. Esto genera que haya países en los cuales su aplicación llegue al 80% de los casos”.

Por otro lado, manifestó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha indicado que la prisión preventiva es “una medida cautelar no punitiva” cuyos supuestos de aplicación deben limitarse a dos supuestos: evitar la fuga y/o no entorpecer la investigación. Seguidamente, destacó que los indicios de responsabilidad no constituyen razón suficiente para su aplicación y que, aun existiendo, se requiriere que su aplicación sea de forma proporcional, motivada y con una revisión periódica.

Posibles Soluciones

Al hablar específicamente en cuanto a las formas de solucionar la problemática que genera la aplicación desmedida de la prisión preventiva, James Cavallaro detalló que “es importante que existan acciones de prevención en tres dimensiones: acciones primarias, destinadas a las formación de derechos humanos para la sociedad en general; secundarias, a los efectos de crear programas de formación en la materia a grupos mayormente expuestos al delito; y terciarias, programas individualizados a personas involucradas directamente en situaciones delictuales”.

En el desarrollo de su discurso, el alto Comisionado continuó señalando la necesidad de dialogo entre los países miembros destacando algunas recomendaciones destinadas a disminuir el uso excesivo, afirmando lo siguiente: 

“A través de la presentación de este informe, queremos efectuar a los estados miembros de la OEA las siguientes recomendaciones:

1-Profundizar el dialogo a los fines de lograr un mayor consenso sobre los estándares aplicables.

2- Aplicación de la prisión preventiva en un plazo razonable, tal como marca el art. 7.5 de la Convención Americana.

3- Adoptar pautas concretas para lograr un uso excepcional.

4- Aumentar el empleo de medidas alternativas a la privación de la libertad, a traves de la creación de fondos necesarios para su uso.

5- Fortalecer el acceso a la justicia para aquellas personas que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad.

6-Fortalecer el principio de trato humano a través de programas específicos que tengan por objeto la capacitación de los operadores de justicia, en especial sobre el uso de la prisión preventiva.

7- Aumentar la capacidad carcelaria sólo en aquellos casos que resulte absolutamente necesario”.

La Necesidad de dialogo para generar nuevos estándares

Por su parte, el Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Emilio Alvarez Icaza, destacó que la Organización de Estados Americanos invita a todas las autoridades de los estados a sumarse al dialogo, señalando que la problemática que genera la aplicación abusiva de este herramienta procesal constituye una deuda clara de los estados para con la democracia.

Presentación del informe en la Argentina

Finalmente, durante el transcurso de la jornada llevado a cabo en las salas de la OEA, la Defensora General de la Nación, Stella Maris Martinez, y el Secretario Ejecutivo de la CIDH, acordaron la realización de jornadas a desarrollarse en nuestro país a los efectos de dar publicidad al presente informe.


(*) Abogado graduado en UNLP, pasante la Organización de Estados Americanos (OEA).

lunes, 24 de marzo de 2014

Bajar los cuadros y recuperar la memoria

Por Gonzalo Martín (*)
Invitado Especial en Palabras del Derecho


Hoy, 24 de Marzo, en todo el país se conmemora el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, al cumplirse 38 años del golpe cívico-militar de 1976. Asimismo, se celebran 10 años de la creación del Espacio Memoria y Derechos Humanos en el predio de la ex ESMA.

Una década atrás nuestro país se debatía entre unos índices de pobreza, desocupación y marginación alarmantes -los más elevados de nuestra historia- que exponían la ruptura del tejido social. Además, aún seguía latente el recuerdo del estallido producto de la crisis política y económica del 2001, que reveló no sólo la falta de legitimidad de la clase política dirigente sino también una incapacidad de respuesta de las distintas agencias del Estado para recomponer la situación.

El modelo neoliberal mostraba el fracaso de sus medidas, alentadas desde los Organismos Multilaterales de Crédito (BID y BM) y el Fondo Monetario Internacional, que proponían el achicamiento del Estado- léase “más mercado”-, expulsando del sistema a millones de argentinos que eran excluidos e invisibilizados.

En ese contexto, asumió la presidencia Néstor Kirchner y propuso desde un primer momento un cambio de dirección en la política del país, introduciendo los pilares de memoria, verdad y justicia como ideales irrenunciables de su gobierno. En su discurso inaugural ante la Honorable Asamblea Legislativa de la Nación, el entonces primer mandatario compartió su proyecto de país, que con el paso de los años se convirtió en una realidad concreta: “Vengo a proponerles un sueño: reconstruir nuestra propia identidad como pueblo y como Nación; vengo a proponerles un sueño que es la construcción de la verdad y la Justicia; vengo a proponerles un sueño que es el de volver a tener una Argentina con todos y para todos”.

Una de las medidas más simbólicas de Kirchner fue descolgar los cuadros de los represores que se lucían impunemente en el Colegio Militar, iniciando así un camino irreversible dentro de la lucha por recuperar la memoria del pasado reciente de nuestro país. En ese acto, el gobierno selló su compromiso con los familiares y víctimas de los detenidos y desaparecidos de la última dictadura cívico-militar, y su afán de reparación histórica mediante el cumplimiento efectivo del derecho a la verdad y la justicia.

El kirchnerismo legitimó la histórica lucha de los organismos de derechos humanos que incansablemente denunciaron el accionar terrorista de los militares, sin temor a sufrir represalias o ser acallados. En este sentido, Kirchner determinó, al cumplirse el 28° aniversario del golpe, la recuperación del predio de la ex Escuela Mecánica de la Armada (ESMA), que funcionó como uno de los centros clandestinos de detención, tortura y exterminio más emblemáticos durante el período 1976-1983.

De este modo, la ex ESMA se convirtió en el Espacio Memoria y Derechos Humanos, consolidándose como lugar de intercambio cultural y de debate social sobre el terrorismo de Estado y la experiencia genocida. Actualmente, allí donde reinó la matanza y el terror, hoy existe un ámbito de homenaje a las víctimas y de condena a los crímenes de lesa humanidad cometidos durante el terrorismo de Estado.

Más adelante, el propio gobierno impulsaría la reapertura de causas por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura, para lo cual fue necesario declarar inconstitucional los indultos presidenciales. En tanto, el Congreso de la Nación sancionó la insanable nulidad de la Ley de Obediencia Debida y la Ley de Punto Final, que habían obturado la posibilidad de juzgar a los represores perpetuando la impunidad.

Como se observa, la política de derechos humanos del kirchnerismo contó con actos simbólicos y materiales que pusieron en tensión el sentido de ese pasado que muchos sectores interesados procuraron legitimar bajo las supuestas “inocentes” narrativas de la guerra, o la famosa “teoría de los dos demonios”. Para desmontar estos relatos que encontraron gran acogida dentro del sentido común fue necesario crear el Archivo Nacional de la Memoria (por medio del Decreto Nº 1259/03), un organismo cuyas actividades fundamentales han sido: “obtener, analizar, clasificar, duplicar, digitalizar y archivar informaciones, testimonios y documentos sobre el quebrantamiento de los derechos humanos y las libertades fundamentales en que esté comprometida la responsabilidad del Estado Argentino y sobre la respuesta social e institucional ante esas violaciones”.

En esta misma línea, el Congreso de la Nación sancionó en el año 2011 la Ley N° 26.691 que declara "sitios de memoria" del Terrorismo de Estado a todos los espacios que la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep) identificó como centros clandestinos de detención de la última dictadura. Hoy en día, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación avanza en la señalización de los sitios de memoria, delimitando en el espacio público las marcas territoriales dejadas por el terrorismo de estado. 

A 10 años del histórico acto de bajar los cuadros y de haber empezado a recuperar nuestra memoria e identidad como pueblo, debemos celebrar el compromiso de un Estado democrático que trabaja cotidianamente por difundir y condenar estos crímenes, impulsando el juzgamiento de sus responsables.

Por último, no podemos dejar de reconocer el lugar emblemático que ocuparon los organismos de derechos humanos como emprendedores de la memoria, logrando superar las experiencias traumáticas personales y familiares para transformarlas en experiencias colectivas. Así no sólo se pudo hacer efectivo el reconocimiento a las víctimas y sus familiares, sino que se contribuyó a mantener viva la historia contemporánea de nuestro país.
Los juicios en números

En junio de 2013 se creó la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, un área especializada en los procesos por crímenes de lesa humanidad cometidos durante el terrorismo de Estado, con el objetivo de jerarquizar lo que hasta ese momento era la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las causas por delitos cometidos por la última dictadura, nacida en 2007 para impulsar los juicios desde el Ministerio Público Fiscal.

El lanzamiento de esta nueva procuraduría se inscribió dentro de una política de estado que busca una reparación histórica así como una construcción del pasado reciente anclada en la verdad, la memoria y la justicia. Al mismo tiempo, representó una firme decisión de combatir y erradicar los nichos de impunidad que aún persisten dentro de la corporación militar y judicial.

Una de las tareas de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad consiste en sistematizar y digitalizar la información sobre los juicios de lesa humanidad y reforzar lazos con la sociedad civil. De este modo, la ciudadanía puede acceder a la información y seguir el avance de las investigaciones iniciadas en el país por los crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco del terrorismo de Estado acaecido entre 1976-1983.
El último “Informe sobre el estado de las causas por violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo de Estado” , publicado en diciembre de 2013, presenta los siguientes datos:

-1069 personas procesadas (es decir, personas respecto de las cuales se dictó al menos un auto de procesamiento).
-520 personas están condenadas por delitos de lesa humanidad cometidos durante el terrorismo de Estado (aunque sólo 71 de ellas registran condena firme).
-122 es el número de juicios realizados, desde 1983 hasta el presente, por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado (de los cuales 107 han sido a partir de 2004).
-12 juicios (10 orales y 2 escritos) se están llevando adelante en los que se está juzgando a 219 imputados, por un total de 1924 víctimas
-11 causas ya tienen fecha de juicio programada a lo largo de este año.


(*) Estudiante de la Licenciatura en Periodismo y Comunicación Social en la Universidad Nacional de La Plata

Ilustración y gráfico: Pablo Motta

Las respuestas frente a los crímenes del terrorismo de Estado

Por Lucas José Zudaire (*)
Invitado Especial en Palabras del Derecho


Hace 38 años atrás, el 24 de marzo 1976, se produjo en nuestro país el comienzo del período más nefasto que tocó vivir en su historia, el gobierno constitucional de María Estela Martínez de Perón fue derrocado por un golpe de estado cívico-militar (denominación utilizada acertadamente por Schiffrin(1), y que con el correr de los años toma cada vez más fuerza), que gobernó inconstitucionalmente el país hasta el año 1983 bajo la autodenominación de “Proceso de Reorganización Nacional”. 

En este lapso, se cometieron los más aberrantes delitos contra, por sólo citar algunos ejemplos, la libertad de las personas, su integridad tanto física como psíquica, contra su vida; lo que se conoce como una sucesión continua y sistemática de violaciones a los Derechos Humanos,  delitos de lesa humanidad. 

Estos hechos sucedidos en nuestro país, desgraciadamente, no fueron aislados con lo que respeta al resto del mundo, ni contemporánea ni anteriormente; si bien no se dan de forma exacta estos hechos fueron  repetidos a lo largo del siglo XX. 

En cuanto a la situación mundial dice Iván Chacón: “El siglo XX fue caracterizado por ser uno de los periodos de mayor violencia y desencadenamiento de guerras, con su consecuente secuela de víctimas mortales y graves violaciones a los derechos humanos. Las dos grandes guerras mundiales y otros acontecimientos como el exterminio de los armenios por los turcos, y más recientemente, el genocidio en Ruanda, debieron exigir una pronta y sólida respuesta de la comunidad internacional”.(2) 

Ante todos estos sucesos que han significado una violación a los Derechos Humanos, no solo en el ámbito nacional sino también en el internacional, se han desarrollado (a veces con éxito, otras no) diferentes mecanismos de respuesta. Los mismos pueden darse tanto para ratificar o condenar tales actos, y pueden consistir en respuestas desde el Estado, en sus diferentes ámbitos y poderes, como de la sociedad. 

Entre otros pueden darse desde la impunidad (leyes de obediencia de vida y punto final, indultos) hasta la justicia (juicios por la verdad), pasando por mecanismo de respuesta reparatorios simbólicos (como la recordada orden de bajar los cuadros de los genocidas del Presidente Nestor Kirchner) o pecuniarios (indemnizaciones, pensiones a familiares, exenciones de impuestos).

Cada uno de ellos tiene importancia significativa, pero es de particular importancia mencionar la posibilidad o no de perseguir la comisión de delitos de acuerdo al tiempo transcurrido del hecho; la posibilidad de juzgar o no tales hechos, a través de un proceso judicial, que conforma el mecanismo de respuesta de la Verdad, en este caso en su faz judicial, y también el mecanismo Punitivo en lo que al Procedimiento Penal refiere. 

Hoy parece común hablar de la herramienta justicia para responder ante la violación de un derecho, pero no siempre fue así, ya que la práctica judicial distaba de atender esta situación por diversos motivos. Uno entre tantos, fue la imposibilidad de perseguir el juzgamiento de tales delitos por encontrarse limitada la misma temporalmente en los órdenes jurídicos internos de los países en los que se llevaron a cabo estos sucesos. 

En nuestro país, en los últimos años se han desarrollado, y actualmente se están dando, una serie de juzgamientos por los hechos cometidos en el marco del golpe de estado 1976-1983 denominado Juicios por la Verdad. 

Este mecanismo de respuesta no hubiese podido realizar las investigaciones y no hubiera podido arribar a las soluciones que se han encontrado, ni hubiera podido reconstruir la verdad de un periodo histórico si no hubiese sido por las decisiones adoptadas por los diferentes niveles de la justicia local en cuanto a la Imprescriptibilidad de los delitos de Lesa Humanidad, teniendo en cuenta entre otras cuestiones: los antecedentes del Derecho de Gentes, su supremacía para con el orden local; el fundamento del instituto de la prescripción y la relación con el principio de legalidad, entre otros elementos. 

En la actualidad, pasados 30 años de democracia, según la información bindada por la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, hay 927 detenidos, más del 60% en cárceles y poco más del 30% en prisión domiciliaria.

Desde la vuelta a la democracia hasta estos tiempos los condenados por delitos de lesa humanidad en la Argentina alcanza a 520 personas, de los cuales 114 tienen condena firme, en tanto suman 1.135 la cantidad de procesados.

Este avance no ha sido constante, ha contado con momentos de avances y retrocesos, desde 1983 se han realizado 123 procesos penales, por actos violatorios de los derechos humanos, encuadrados como delitos de lesa humanidad, de los cuales 108 de ellos se llevaron adelante a partir del 2004.

Los juicios avanzan, y en el último tiempo lo hacen hacia el esclarecimiento de la verdad en cuanto a la complicidad civil y la responsabilidad que debe recaer sobre funcionarios de gobiernos, del poder judicial, así como también de grupos empresarios, financieros y medios de comunicación.

El derecho a la verdad, y la posibilidad actual de solicitarlo, gracias a la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad, ganado gracias a la lucha de familias, amigos, organizaciones, y en casos por poderes del estado, deber ser tomado por el pueblo de nuestra patria y aferrarse a él más que nunca, porque es propiedad suyo y para que Nunca Más le sea quitado.

(*) Abogado (UNLP)

Notas al Pie
(1) Schiffrin, Leopoldo. “Impunidad y Derechos Humanos en América Latina. Ediciones al Margen”.  La Plata 2003.
(2) Bazán Chacón, Ivan. “Los delitos de genocidio y de lesa humanidad. La cuestión de la imprescriptibilidad”. 

martes, 11 de marzo de 2014

Las leyes y su tiempo


Todos los argentinos sabemos que nuestro país, fruto de distintos cambios sociales y políticos, produjo en la última década una notable transformación en diversos aspectos que hacen a su ser.

Sabemos también que las leyes son cristalizaciones de un determinado momento de la sociedad. Un momento que reúne aspectos filosóficos, políticos, sociales, culturales de su contexto que se podría graficar como una fotografía de una determinada etapa histórica en una sociedad determinada.

En ese orden, los cambios experimentados en este tiempo han exigido actualizar la legislación a los desafíos del presente. Es así que el gobierno nacional ha encarado la titánica tarea de organizar todas las leyes vigentes en la República con el Digesto Jurídico Argentino, sancionar nuevas normas que consagraron derechos civiles y sociales fundamentales y la equiparación a nuestros días de los códigos más importantes del país.

Es desde ese preciso lugar el punto de partida para entender la necesidad de sancionar un nuevo Código Penal que esté a la altura de nuestro siglo XXI. Los datos sobre el mismo dan cuenta acabada de cuán necesario es avanzar en esta dirección.

El Código Penal que hoy rige en la Argentina data, en su estructura fundamental, de 1921 y hasta la fecha ha sufrido aproximadamente novecientas modificaciones que, como señaló la Comisión Redactora, lo hace irreconocible.

Existen en la actualidad figuras penales vigentes que claramente demuestran un desfasaje temporal. Un claro ejemplo de ello es la figura del duelo, propia del siglo XIX, que supone el combate entre personas por motivos de honor.

Frente a ese cuadro el Poder Ejecutivo, encabezado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, asumió con enorme seriedad la tarea de dotar al país de un nuevo cuerpo que reúna las normas penales y para esa tarea convocó en 2012 a un grupo de expertos y representantes políticos de distintos partidos a conformar una Comisión que elaborara el proyecto de reforma.

El referido cuerpo se integró por el ministro de la Corte Suprema, Eugenio Zaffaroni, quien la presidió, el ex Camarista Federal, León Carlos Arslanián y por los diputados Ricardo Gil Lavedra y Federico Pinedo, María Elena Barbagelata de la Unión Cívica Radical, El PRO y el Partido Socialista, respectivamente.

Esta Comisión dotada de un notable prestigio y con mayoría de representantes de la oposición, después de un arduo trabajo, en febrero de este año puso en manos del Poder Ejecutivo el Anteproyecto de Reforma del Código Penal que ahora está a estudio de los equipos técnicos de la Presidencia para luego girarlo al Congreso Nacional.

Un sector político, por estos días, acusó al proyecto de ser benevolente con los delincuentes y desproteger a la sociedad. La visión es propia de un incauto, cuanto menos, o lisa y llanamente malintencionada. El texto que se propone aumenta las penas en 178 casos, bajan en 129, crea 85 nuevos delitos y deroga 14 figuras que son obsoletas.

El debate de un nuevo cuerpo penal es una necesidad que debe darse con madurez por parte de todo el arco político nacional. Un debate que entienda que discutir sobre esta cuestión no se trata de discutir las penas en bruto y que rompa con falsas antinomias. Sólo de esta forma podremos darnos, los argentinos, un nuevo Código Penal a la altura de nuestros días.
José Ignacio López

Nota: artículo publicado en el portal de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la Universidad Nacional de La Plata