viernes, 6 de abril de 2018

Moratoria previsional: una ampliación que solo se refleja en el anuncio

Por María Virginia Zudaire (*)
Invitada Especial en Palabras del Derecho


En la jornada del pasado martes, 3 de abril, mientras los medios masivos masivos relataban hechos y repercusiones poco relevantes para una pequeña porción de la sociedad, que no resulta la más necesitada, de casi nada… en el boletín oficial de la nación se publicó la Resolución General Conjunta 4222/2018, que viene a reglamentar un par de artículos de la ley 27.260 (“Reparación histórica”) en punto a la posibilidad de acceder a moratoria previsional para cumplimentar el requisito de aportes legales y, en definitiva, solicitar jubilación.-

En resumen incorpora como legitimados a aducir tal derecho a los varones, que se encontraban excluídos –con algún fundamento difícil de comprender desde los derechos sociales, y la teoría de los derechos humanos- y amplía el período de vigencia hasta julio de 2019.-

Los “peros” se advierten en la limitación en la edad requerida, a los hombres de 79 años o más, lo que refiere a un sector que raramente no obtuvo aún beneficio, dado que a la fecha de cumplir los 65 de ley (y por un tiempo más) se encontraba vigente y le era aplicable la ley de moratoria 24.476, y al momento de llegar a los 70, pudo haber solicitado el beneficio graciable por vejez del Ministerio de desarrollo, que no requiriera aportes previsionales; Para las mujeres de entre 60 y 65 años, y en la medida que acrediten la situación de situación socioeconómica cada vez más carenciada, es decir para pobres muy pobres.-

Éstos límites de edad y necesidad coincide con que a partir de allí aparece la opción de solicitar la PUAM. Este beneficio, creado por la misma ley ahora modificada, ningunaneando de alguna manera la prestación por vejez de larga data, es una pensión no contributiva que otorga un beneficio equivalente a un 80% de una jubilación mínima, y no da derecho a pensión a los derechohabientes del causante beneficiario fallecido.-

En definitiva, lejos de instar un aplauso, la medida deja ver una muestra más del camino hacia el vaciamiento de la ANSES, y su correlato, la mengua en los derechos sociales de los desprotegidos ciudadano de mayor edad de nuestro país.-


(*) Abogada relatora de la Subsecretaria Administrativa en materia Previsional y Derechos Humanos. Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires.

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